domingo, 8 de enero de 2012

Próxima visita a San Victorián





y una historia del siglo XVI


La Asociación Ball Axén organiza el próximo día 14 de enero, una visita guiada al monasterio de San Victorián y otros lugares cercanos. Los interesados podéis tener más información contactando con Cosme Castán en: ccastancampo@hotmail.com. Aprovecho la ocasión para ofreceros una historia curiosa sobre este cenobio, del que Campo dependió durante varios siglos.
Era en el año 1590, cuando se reunieron en San Victorián todos los Concejos y Universidades (recordemos que se daba este nombre al conjunto de poblaciones y barrios que estaban unidos bajo una misma representación), pertenecientes al monasterio, para tratar diferentes asuntos. El abad, como señor del abadiado, era el encargado de administrar Justicia y de controlar los concejos, y lo hacía nombrando a unos responsables laicos que actuaban en su nombre. En la asamblea a la que nos referimos, se redactó un documento encabezado con la palabra “Libertad”, en el que el Justicia General del Abadiado de San Victorián, que era Beltrán Arasanz, vecino y habitante del lugar de Latorre de Lisa, reconocía que había cometido un error porque no había respetado los derechos de los vecinos de San Martín de Asán.
Parece ser, que en ese término de San Martín existía una cuadra, llamada ‘casas de Ocnis’, que tenía un privilegio: allí no podía entrar ningún oficial ni justicia del señor abad de San Victorián que estuviera persiguiendo a un sospechoso o criminal, hasta pasados tres días después que el fugitivo o fugitivos hubieran entrado en ella. Como Beltrán Arasanz, Justicia General del Abadiado, había entrado antes de tiempo para apresar a tres huídos, se vió obligado a hacer la siguiente confesión, que, como hemos dicho, viene precedida por la palabra Libertad:
“Digo que, atendido y atendiendo, siendo yo Justicia General del dicho abadiado, se me ofreció haber yo de tomar presos las personas de Antón Solanilla del Plano, Pedro Ocnís y Antón Bispe, habitantes en las Casas de Ocnis, vezinos del lugar de San Martín de Asán, y rendir yo, dicho Justicia con seguimiento a los dichos Antón Solanillas y Pedro Ocnis y Antón Bispe, ellos se fueron y se pusieron dentro de una cuadra sitiada dentro del término del dicho lugar de San Martín de Asán, que la llaman la cuadra de “los dragones de Ocnis”, en la cual cuadra y dentro de aquella los habitantes en las dichas casas de Ocnis dicen tienen uso y posesión de que ningún Justicia ni otro oficial del dicho abadiado de San Viturián, ni tampoco Justicia ni otro oficial puesto por el Señor Abad de dicho monasterio, que es ni en todo tiempo será ni por el cabildo pueda ni puedan sacar a ningún reo, ni criminoso ni otro que fuere y se pusiere dentro de dicha cuadra, hasta pasados tres días contados de la hora que el tal o tales que huían y se ponían en dicha cuadra al delante naturales y, porque de los sobredicho yo, dicho Justicia, tengo buena y bastante información por muchos, y especial por bayles que han sido del dicho abadiado, y como yo dicho Justicia hube sacado de dicha cuadra a los dichos Antón Solanilla, Pedro Ocnís y Antón Bispe, sin guardar ninguna libertad de las sobredichas, y traído los presos los dichos que he nombrado a la cárcel común de dicho monasterio, porque veo que en hacerlo he hecho lo que no debo. Por tanto, en aquellas mejores forma y manera que hacerlo puedo y debo, en nombre y como Justicia sobredicho, digo que restituyo y doy palabras a los dichos Antón Solanillas, Pedro Ocnis y Antón Bispe de la dicha ‘capción’ y digo que yo, dicho Justicia, ni los Justicias ni ningún otro oficial que del dicho abadiado será ahora ni en todo tiempo, no puedan sacar ni saquen ningún hombre preso de dentro de dicha cuadra hasta pasados tres días...”.
De la lectura del texto se desprende este edificante mensaje: el Justicia General de San Victorián, Beltrán Arasanz, al ser acusado de no respetar el privilegio que tenían unos vecinos de poder mantenerse a salvo de persecuciones en una cueva durante tres días, alegó que desconocía estas prerrogativas, pero, al ser invocadas por los perjudicados, en lugar de aferrarse a su decisión y buscar excusas, se preocupó de averiguar si eran ciertas. Para ello, como no estaban escritas en ninguna parte sino que se conocían por transmisión oral desde tiempo inmemorial, llevó a cabo las consultas pertinentes con autoridades y personas de los pueblos de alrededor, para saber si las protestas de los afectados estaban justificadas. Una vez informado al respecto, reconoció que a los que se refugiaron en la cueva les asistía el Derecho y que él se había equivocado. Confesión que no empañó para nada la buena reputación y honestidad de Beltrán Arasanz, sino que, bien al contrario, dejó en buen lugar su integridad como Justicia. Una buena lección para los tiempos que corren, en los que todo el mundo parece estar siempre en posesión de la verdad absoluta.
De todos modos, tampoco tenemos que pensar que cualquier tiempo pasado fue mejor, por el hecho de ser pasado, pues la verdad es que en este caso hay algo que nos llama la atención: en el término de San Martín de Asán, el año que sucedieron esos hechos, vivían los siguientes vecinos, según vemos en un documento notarial:
"Reunido el Concejo General, Universidad de los Jurados, bayle y vecinos habitantes del lugar de San Martín de Asán y sus aldeas por orden y mandamiento de ellos propios, según que se testifica. Que plegado, convocado, congregado dicho Concejo en las casas del monasterio de San Victorián en donde otras veces el dicho Concejo para hacer tales y semejantes actos del dicho concejo se acostumbra a juntar... Intervenimos y fuimos presentes Nos, Pedro Palacio y Viturián Bispe, Jurados del dicho lugar de San Martín de Asán, Pedro Fumanal, bayle, Pedro Buil de los Molinos, Antón Fontdevila, Miguel .., Viturián Solano, Viturián de Pueyo, Antón Bispe de Sant Palo, Pedro Sirbent, Phelipe Solano, Antón Bispe de Muera, Antón de Lanau de la Muera, Antón Solanilla, Antón de Lanao de Ocnís, Antón Bispe de Ocnís, Joan Sopena, Joan Bispe, Antón de Angulo, Pedro Bispe y Pedro Buil de Ocnís, todos vecinos y habitantes del dicho lugar de San Martín de Asán".
De lo que se deduce que los fugitivos que se escondieron en la gruta no eran unos desconocidos cualquiera, sino que debían ser vecinos de la zona y al Justicia no le interesaba para nada enfrentarse a ellos y a toda su parentela...


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